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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303573
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 174
QUERELLANTE, PERSONALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 174
Si el testimonio de mandato presentado por el querellante, el que fue devuelto por el Ministerio Público, ya consta de autos de segunda instancia, donde fue presentado con el carácter de para mejor proveer, y precisamente para ilustrar el criterio del Magistrado sentenciador, de conformidad con el artículo 384 del Código Federal de Procedimientos Penales, esta presentación del testimonio de segunda instancia, no puede estimarse como una nueva aportación al proceso, de un documento público, sino como una restitución del exhibido con anterioridad ante el Ministerio Público, para los efectos de justificar la personalidad, del querellante, la cual no puede tenerse por emitida, por el simple hecho de la mencionada devolución.
Precedentes
Amparo penal directo 1135/46. Vázquez Guevara Prudencio. 4 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.