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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303580
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 295
AMPARO PENAL IMPROCEDENTE (LEGISLACION DE EMERGENCIA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 295
Según el artículo 13 del decreto de cinco de octubre de mil novecientos cuarenta y cuatro, conforme al cual fue tramitado el proceso instruido en contra de los quejosos, "contra los autos y sentencias que pronuncien los Jueces de Distrito, en los procesos, por los delitos de que se ocupa este decreto, no procederá recurso alguno, ordinario ni extraordinario; y en consecuencia, toda resolución causará estado por ministerio de la ley y no será susceptible de impugnarse en la vía de amparo", por tanto, con apego a esta disposición legal, procede sobreseer en el juicio, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 73, fracción XVIII, y 74, fracción III, de la Ley Orgánica de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Federal sin que obste que con posterioridad a la fecha en que se dictó la sentencia que se reclama a la fecha en que se dictó la sentencia que se reclama se haya expedido el decreto de veintiocho de septiembre de mil novecientos cuarenta y cinco, que deroga la ley en que se fundó la sentencia condenatoria, porque según el artículo 11 de este mismo decreto derogatorio, la derogación sólo puede afectar a las averiguaciones previas y a los procesos pendientes, y en el presente caso, se trata de un proceso en el que los quejosos fueron definitivamente condenados en fecha muy anterior a la expedición de ese decreto derogatorio.
Precedentes
Amparo penal directo 9343/45. Cruz Reyes Agustín y coagraviados. 5 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.