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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303581
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 297
DAÑO EN PROPIEDAD AJENA, DELITO DE (LEGISLACION DE HIDALGO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 297
El artículo 392 del Código de Defensa Social aplicable, supone que el daño, destrucción o deterioro de cosa ajena a que se refiere, sea causado por el transgresor de dicho precepto, o por actos u omisiones de éste, encaminados a producirlo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9577/45. Mora Valentín. 5 de octubre e 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.