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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 297
ACTO RECLAMADO, CONSTITUCIONALIDAD DEL (JUECES DE DISTRITO, FACULTADES DE LOS).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 297
No es lícito al Juez de Distrito, al examinar la constitucionalidad de un acto, cambiar el fundamento del mismo, para conceder a la autoridad responsable oportunidad de corregir el error en que haya incurrido, cuando este error se refiera no a la simple violación de forma o procedimiento, sino al fondo mismo del asunto.
Precedentes
Amparo penal en revisión 9577/45. Mora Valentín. 5 de octubre e 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.