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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303621
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 773
PECULADO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 773
El peculado es un delito instantáneo que se comete al distraer de su objeto los bienes considerados por la definición legal, con tal que, por razón de su cargo, los hubiera recibido el responsable. Como en el caso, el quejoso sustrajo de su objeto las monedas o metales acuñados en la Casa de Moneda, puesto que lejos de darle el destino conveniente y legal, los guardó, esperando la ocasión propicia para sacarlos del establecimiento, siendo sorprendido el verificarlo; no es posible afirmar que se trata de la infracción en grado de tentativa, porque, se repite, el delito se consumó instantáneamente el desviar las monedas o metales, de su curso ordinario, o destino, dentro de la Casa de Moneda.
Precedentes
Amparo penal directo 7447/45. Granados Juárez Alfonso. 18 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.