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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303646
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1017
ACCION PENAL, ABANDONO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1017
Cuando el reo es absuelto en primera instancia y el representante de la sociedad no hace valer contra esa resolución, los recursos que la ley concede, debe considerársele, por ese solo hecho, como conforme con el fallo y que deja de ejercitar la acción penal que de manera exclusiva la compete.
Precedentes
Amparo penal directo 9528/45. Arévalo Medina Santiago. 24 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.