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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303679
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1273
LANZAMIENTO, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1273
La resolución que dictó el Juez responsable por la cual dispuso que fuera lanzado el quejoso de los lotes que poseía, no es una sentencia que admite el recurso de apelación, sino es una resolución judicial dictada después de haberse seguido los trámites de un juicio; ni aun admitía el procedimiento empleado por la autoridad responsable, el recurso de revocación, si cuando tuvo conocimiento dicho quejoso de la resolución judicial, ésta ya había sido cumplida, pues como el Juez no podía dictar otra con efectos restitutorios, no cabía recurso alguno de revocación.
Precedentes
Amparo penal en revisión 286/46. Juárez Hernández Antonio. 30 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.