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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303685
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1308
FUERO CONSTITUCIONAL (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1308
El artículo 167 de la Constitución Política del Estado, que establece el fuero constitucional está incluido en el título sexto, capítulo único, que se refiere a la responsabilidad de los funcionarios y empleados públicos del Estado, por lo que hace a los delitos y faltas comunes u oficiales, mas no afecta ni puede afectar al caso de responsabilidad por delitos del fuero federal.
Precedentes
Amparo penal en revisión 1669/46. Castro Alvarado Manuel. 31 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.