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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1419
ACCION PENAL, PRESCRIPCION DE LA (LIBERTAD CAUCIONAL).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1419
Estando en autos probado que el reo gozaba de libertad bajo de fianza, es indudable que se encontraba sub judice, por lo que no puede legalmente operarse la prescripción de la acción penal, por más que se haya dejado de actuar durante el tiempo que la ley establece para prescripción ordinaria.
Precedentes
Amparo penal directo 32/46. Figueroa Aristeo. 5 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.