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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1427
PRUEBA PERICIAL EN EL PROCESO PENAL..
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1427
Si las conclusiones de los peritos del quejoso y las del tercero en discordia, le son favorables, debieron ser aceptadas, pues aun cuando la ley conceda al juzgador plena libertad para estimar o calificar la prueba pericial, también lo es que dicho arbitrio debe ser fundado.
Precedentes
Amparo penal directo 5227/46. Arroyo Olvera Salvador. 7 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.