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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303701
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1427
PRUEBA PERICIAL EN EL PROCESO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1427
De aceptarse el criterio de que debe prevalecer la prueba pericial primera en tiempo, sería ilógico que las partes estuvieran facultadas para promover posteriormente otra prueba de la misma índole, que forzosamente deberían estar destinadas a ser rechazadas.
Precedentes
Amparo penal directo 5227/46. Arroyo Olvera Salvador. 7 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.