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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1580
ACTOS RECLAMADOS, EXISTENCIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1580
Ante la negativa de las autoridades responsables, corresponde a los quejosos aportar prueba de la existencia de los actos reclamados, y su omisión en este particular, hace procedente el sobreseimiento en los términos de la fracción IV del artículo 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6937/46. Rugerio Pablo y coagraviado. 11 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.