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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303730
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1646
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1646
El que el reo, al concertar con el denunciante los servicios que le prestaría, en la tramitación de un juicio, se haya atribuido el carácter de profesionista, sin tener título de abogado, aun cuando pudiera constituir la comisión de un hecho delictuoso distinto del de fraude, sobre la base de que efectivamente el acusado carezca de título profesional, en modo alguno puede por sí sola, implicar la existencia de un engaño para el denunciante, si aparece que tenía conocimiento de que dicho reo ejercita las actividades inherentes a aquella profesión.
Precedentes
Amparo penal directo 6156/46. Campos Martínez Miguel. 13 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.