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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303732
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1645
FRAUDE, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1645
El fraude específico se integra, primero, por el engaño o el aprovechamiento de un error; segundo, porque el sujeto activo se haga ilícitamente de una cosa o alcance un lucro indebido; y tercero, porque exista entre los dos elementos materiales, una relación de causalidad, de tal manera que el defraudador se haga ilícitamente de algo u obtenga un lucro indebido, como consecuencia de la conducta falaz seguida por él, o del aprovechamiento del error de la víctima.
Precedentes
Amparo penal directo 6156/46. Campos Martínez Miguel. 13 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.