Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/303736
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303736
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1679
DISPARO DE ARMA DE FUEGO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1679
El artículo 306 del Código Penal establece que se aplicará sanción hasta de dos años de prisión y multa hasta de cien pesos, sin perjuicio de la pena que corresponda si se causa algún daño, al que dispare sobre alguna persona, un arma de fuego.
Precedentes
Amparo penal directo 2095/46. Lara Zaragoza Manuel Leopoldo. 14 de noviembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.