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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303762
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1861
OFENDIDO, ES TERCER PERJUDICADO EN EL AMPARO INTERPUESTO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1861
El auto de formal prisión no sólo afecta la libertad personal del agraviado, sino además los intereses patrimoniales del ofendido, por lo que éste tiene derecho a ser considerado como tercer perjudicado en el juicio de garantías respectivo.
Precedentes
Queja en amparo penal 459/46. Torres Mendoza Lázaro. 18 de noviembre de 1946. Mayoría de tres votos. Disidentes: Carlos L. Angeles y José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XCIV, página 319, tesis de rubro "OFENDIDO, ES TERCER PERJUDICADO EN EL AMPARO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION.".
Tomo XCVIII, página 473, tesis de rubro "OFENDIDO, ES TERCER PERJUDICADO EN EL AMPARO CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION.".
Tomo XCVIII, página 1520, tesis de rubro "OFENDIDO, PUEDE INTERPONER REVISION EN EL AMPARO, CONTRA EL AUTO DE FORMAL PRISION.".