Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/303766
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303766
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1918
PERSONALIDAD EN EL AMPARO (DEMANDA PRESENTADA A NOMBRE DE OTRO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1918
El recurrente carece de personalidad para interponer el recurso de revisión, ya que no es parte en el juicio de garantías, aunque él haya sido el que promovió el juicio a nombre de los quejosos, si éstos, al ratificar la demanda, solamente designaron como representantes común a uno de ellos, mas no le concedieron facultad alguna a dicho recurrente, para seguir interviniendo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2892/46. Marías Heriberto y coagraviado. 21 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.