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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303767
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1920
FIADOR EN EL PROCESO, AMPARO PEDIDO POR EL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1920
No es cierto que el quejoso no sea parte en el proceso en el que otorgó una fianza carcelera, pues lo es en todo lo que ésta concierne, aun cuando no lo sea como procesado ni como víctima del delito; y si no hizo valer ningún recurso contra las resoluciones que reclama, a lo que tuvo perfecto derecho, resulta clara la procedencia del sobreseimiento conforme lo dispuesto por los artículos 73, fracción XIII y 74, fracción IV, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo penal en revisión 2397/46. Meneses Piedras Salvador. 21 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.