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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303775
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2048
PECULADO, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2048
La ilicitud y responsabilidad consiguiente del peculado, no dependen de la bondad o maldad del fin para el cual se efectuó la sustracción, sino de la libre y espontánea voluntad con que el agente activo del delito, dispuso para usos propios o ajenos, de los fondos del Estado.
Precedentes
Amparo penal directo 6100/44. Tovar León Antonio. 25 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.