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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303781
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2166
PREMEDITACION Y VENTAJA, CALIFICATIVAS DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2166
No puede decirse que el reo haya obrado con premeditación o con ventaja, en los términos de los artículos 291 y 292 del Código Penal del Estado, si no puede suponerse que hubiera actuado con reflexión sobre el hecho que ejecutó, por una parte, y por otra, muy bien pudo presumir que el ofendido estuviera armado, y que en esa forma lo agredería, debiendo admitirse, por consiguiente, que el homicidio que cometió, tiene el carácter de simple.
Precedentes
Amparo penal directo 3497/45. Chavira Andrés. 28 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.