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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303790
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2203
ABUSO DE CONFIANZA, DELITO DE (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2203
Si el depositario no entregó la cantidad de que se trata, al ser requerido para ello por el depositante, protestando circunstancias que no acreditó, resulta clara la presunción de que dispuso, en su beneficio, de una cantidad de dinero cuya propiedad no le había sido transmitida, configurándose así el delito de abuso de confianza, en los términos del artículo 344 del Código Penal del Estado.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7677/46. Peña Flores Ezequiel. 29 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.