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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2225
RESPONSABILIDAD CIVIL PROVENIENTE DE DELITO (COMPETENCIA DE LA PRIMERA SALA DE LA SUPREMA CORTE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2225
Si la acción se ejercitó ante los tribunales civiles, que son distintos de los penales que conocieron del parentesco, y se funda en un delito, hecho con el que se relacionan las disposiciones del Código Civil citadas por la actora, en su demanda de responsabilidad civil, resulta clara la competencia de la Primera Sala de la Suprema Corte para conocer del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo 9307/44. Romo Manuel Victor. 30 de noviembre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: José María Ortiz Tirado. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.