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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303827
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2541
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2541
Los agravios aducidos son infundados, si se refieren al fondo del amparo que no fue motivo de estudio por parte del Juez de Distrito, toda vez que sobreseyó por causa de improcedencia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7965/46. Mota Badillo Fernando. 6 de diciembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.