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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 14
OFENDIDO, VALOR DE SU DECLARACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 14
No obsta para rechazar unas declaraciones, que quienes las produjeron sean menores, ni el hecho que hayan sido los ofendidos. Lo que se debe tener en cuenta, es si sus narraciones son semejantes, es decir, si no se contradicen y son verosímiles.
Precedentes
Amparo penal directo 7745/45. Estrada Rojas Simón. 1o. de julio de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: José Ortiz Tirado. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.