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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303848
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 80
SENTENCIAS DICTADAS EN CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 80
Debe negarse el amparo, respecto de la sentencia de apelación dictada por la responsable, en cumplimiento de una ejecutoria de esta Suprema Corte de Justicia, en relación con el señalamiento de irregularidades distintas de las que se señalaron en el juicio constitucional ya fallado, porque tiene el carácter de acto consentido, en conexión con el que se hace consistir en la nueva sentencia.
Precedentes
Amparo penal directo 9402/45. López Vivanco Leonardo. 3 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.