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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303871
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 275
APELACION EN MATERIA PENAL (DILIGENCIAS PARA MEJOR PROVEER).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 275
Si el tribunal de apelación, en uso de sus facultades y para mejor proveer, acordó la practica de una diligencia, concretándola al perfeccionamiento de una anterior que, por omisa, aparecía dudosa, no agravia en modo alguno a los litigantes, ni altera las partes sustanciales del procedimiento, ni deja sin defensa a las partes contendientes, y realizada dentro de los términos de la ley, no puede causar agravio alguno a los acusados y menos cuando no se traduce en la aportación de algún nuevo elemento de cargo, en términos de violar en su perjuicio, garantías constitucionales.
Precedentes
Amparo penal directo 592/46. Mundo Marcelino y coagraviados. 8 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.