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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303875
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 282
AUTOPSIA AMPLIACION DEL CERTIFICADO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 282
El hecho de que el Juez de los autos, para ilustrar su criterio, haya mandado ampliar el certificado de autopsia del cadáver, no es violatorio de garantías individuales, pues conforme al artículo 21 constitucional, la imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial, y es evidente que, para ello, necesita allegar los elementos suficientes para poder apreciar la existencia del delito y la responsabilidad del acusado, y el artículo 124 del Código de Procedimiento Penales para el Distrito y Territorios Federales, previene que para la comprobación del cuerpo del delito, el Juez gozará de la acción más amplia para los medios de investigación que estime conducentes según su criterio, aunque no sean de los que define y detalla la ley, siempre que esos medios no estén reprobados por ésta.
Precedentes
Amparo penal directo 10083/44. García Ferrel Rodolfo. 8 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.