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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303876
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 284
DESERCION, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 284
Al haberse aceptado al reo como voluntario, pudo haber cometido el delito de deserción por abandono del servicio militar, que se había obligado a prestar, y la circunstancia de si cumplió, o no, con el requisito de juramento de la bandera, no puede influir en la existencia del delito de deserción que se le ha atribuído, por no señalarse la comprobación previa de ese requisito, en el precepto legal dentro del que se estima comprendido, además de que sólo las autoridades militares superiores pueden declarar la nulidad de un contrato a enganche.
Precedentes
Tomo LXXXIX, página 3505. Indice Alfabético. Amparo en revisión 4646/46. Hernández Aguilar Florencio y coagraviados. 26 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIX, página 284. Amparo penal en revisión 2951/46. González Delgado Luis Antonio. 8 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.