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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303913
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 616
HOMICIDIO COMETIDO POR LOS APREHENSORES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 616
Si unas fuerzas rurales, estimando que un individuo había cometido hechos delictuosos, lo aprehendieron en un camino, y trataron de conducirlo a determinado lugar, y el aprehendido se negó a caminar, y los rurales dispararon sus armas causándole la muerte, el acto no está comprendido en las leyes de emergencia.
Precedentes
Competencia 133/45. Suscitada entre los Jueces, de Distrito en Estado de Durango y de Primera Instancia de Topia, del mismo Estado. 16 de julio de 1946. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.