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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 955
CAREOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 955
Los conceptos de violación al procedimiento, no son aceptables, porque no aparezcan practicados todos los careos que surjan de autos, si también aparece que los recurrentes no cuidaron de preparar el juicio de amparo, por los medios especificados en el artículo 161 de la ley de la materia.
Precedentes
Amparo penal directo 4383/45. Dzul Saturnino y coagraviados. 25 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.