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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303937
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 960
AGRAVIOS EN LA REVISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 960
Si el quejoso no expresa por qué razón los fundamentos esgrimidos por el Juez de Distrito, son inadecuados, carece de materia el recurso.
Precedentes
Tomo LXXXIX, página 3366. Indice Alfabético. Amparo en revisión 4630/46. Fernández Paredes Efraín y coagraviados. 29 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIX, página 3366. Indice Alfabético. Amparo en revisión 4430/46. Villanueva Velasco Bartolo y coagraviados. 29 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXXIX, página 960. Amparo penal en revisión 9275/45. Ortiz Bolán Felipe. 25 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.