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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 965
AUTO DE FORMAL PRISION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 965
Tratándose del auto de formal prisión y en presencia de pruebas contradictorias, basta con que las de cargo sirvan para demostrar la existencia del cuerpo del delito y la presunta responsabilidad del procesado, para que los presupuestos de legalidad de tal mandamiento, a la luz del artículo 19 constitucional, se surtan, quedando para la sentencia definitiva, el ponderar y aquilatar las pruebas contradictorias, para resolver la prevalencia de unas sobre las otras y declarar si el cuerpo del delito y la responsabilidad penal se han acreditado plenamente.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7130/45. León Margarito. 25 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.