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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 969
CHEQUES LIBRADOS SIN FONDOS, Y POSTFECHADOS (FRAUDE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 969
El hecho de postfechar el cheque, no lo desnaturaliza y sigue teniendo el carácter de una orden incondicional de pago, por tanto, aun cuando los tomadores convengan en no presentar al cobro tales cheques, hasta la fecha que aparece en ellos, no por eso puede decirse que se trate de un documento que sólo engendra acciones civiles y no da margen a la aplicación de las penas que correspondan al delito definido en el artículo 193 de la Ley de Títulos y Operaciones de Crédito; pero dicho delito no es un delito formal o de peligro, sino de daño, y el conocimiento por parte del tomador de un cheque, de que el girador carece de fondos, impide la intervención del dolo, en la infracción, por lo que en tal caso, no existe el cuerpo del delito.
Precedentes
Amparo penal en Revisión 3610/45. Galante Zaga José. 25 de julio de 1946. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Rebolledo y José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.