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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303987
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1376
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1376
Si no es la primera vez que delinque el reo, evidentemente no le puede ser concedido el beneficio de la condena condicional, cualquiera que sea el término que haya transcurrido desde la fecha en que fue condenado, o cumplió la condena que le fue impuesta por la anterior infracción antisocial que cometió.
Precedentes
Amparo penal directo 8855/45. Delgado Mendoza Héctor. 5 de agosto de 1946. Unanimidad cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.