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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303988
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1377
LEGITIMA DEFENSA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1377
Si la agresión del ofendido se debió exclusivamente a la actitud provocativa del heridor, éste no estuvo, al privarlo de la vida, en las circunstancias requeridas por el artículo 15 , fracción III, del Código Penal, para que pudiera tomarse en cuenta, en su favor, la excluyente de responsabilidad en legítima defensa.
Precedentes
Amparo penal directo 8755/45. Ocampo Hernández Alfonso. 5 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.