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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 303994
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1387
FALSIFICACION DE DOCUMENTOS, MEDIANTE SUPLANTACION DE HUELLAS DIGITALES Y FRAUDE (LEGISLACION DE GUANAJUATO).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1387
Si el dictamen pericial pone de manifiesto que el reo puso en el contrato simulado, sus propias huellas digitales, haciéndolas aparecer como de otra persona, con ello se cometió el delito de falsificación de documentos, señalado por el artículo 203 del Código Penal del Estado; y no lo agravia la resolución reclamada, en cuanto también lo declara presunto responsable del delito de fraude, si los hechos que ejecutó, quedan comprendidos en el artículo 343 del mismo Código Penal en su fracción X.
Precedentes
Amparo penal en revisión 8537/45. Martínez Toledo Juan. 5 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.