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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1905
CONFESION DEL REO (EXCLUYENTES).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1905
Aunque el inculpado manifestó haber lesionado al ofendido en legítima defensa, y su versión está corroborada por testigos, si el ofendido sostuvo lo contrario, en estas condiciones no puede sostenerse que se esté en el caso de aplicar la jurisprudencia relativa a que las eximentes de responsabilidad pueden y deben ser consideradas en cualquier estado del proceso, aun antes del auto de formal prisión, porque la excluyente de legítima defensa no aparece probada en forma concluyente, toda vez que su versión y la del ofendido sólo pueden ser valoradas por el Juez, en su sentencia.
Precedentes
Amparo penal en revisión 3984/46. Guevara Luis L. de. 21 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.