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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304050
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2204
CONDENA CONDICIONAL.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2204
Para la concesión del beneficio de la condena condicional, deben llenarse determinados requisitos que, en la especie, no aparecen satisfechos, aun cuando la sanción privativa de la libertad no exceda de dos años y no haya constancia de que con anterioridad hubieran delinquido ni de que hubieran tenido mala conducta los acusados, si no existe prueba de que tengan modo honesto de vivir y si por lo contrario está justificado que no tienen trabajo alguno.
Precedentes
Amparo directo penal 4441/46. Hernández Francisco y coagraviado. 28 de agosto de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.