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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2212
FRAUDE, DELITO DE (RETROVENTA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2212
Si se está en presencia de una retroventa, en la cual no había existido una liquidación definitiva, y por esa causa, la acusada se negó, en determinado momento, a entregar el bien inmueble, tal cosa no puede considerarse como envolviendo la comisión de un delito, sino el derecho de retención que pudo haber dado origen, en un procedimiento civil, a presentar la excepción de " non adimpleticontractus", es decir, la falta de cumplimiento del contrato.
Precedentes
Amparo penal directo 2264/45. Obregón y Gómez Vélez Guadalupe. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.