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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304111
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2869
RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL (LEGISLACION DE EMERGENCIA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2869
El Decreto derogatorio de la ley de emergencia, que se refirió a los delitos de asalto, homicidio y robo, sólo ha tenido por efectos que la pena de muerte dictada en los procesos instruidos estando en vigor esa ley de emergencia, sea sustituida por la pena extraordinaria de treinta años de prisión, y si el quejoso ha ocurrido ante el presidente de la República, pidiendo precisamente la conmutación de la pena de muerte que le fue impuesta, por la de prisión extraordinaria, resulta que en el caso está pendiente el recurso, por el cual se puede confirmar, revocar o reformar la resolución recurrida en el juicio de amparo, y en tal virtud procede sobreseer.
Precedentes
Amparo penal directo 8034/45. Alcalá Alvarez Maximiliano. 19 septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.