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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304130
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3049
DESISTIMIENTO ERRONEO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3049
Si fue muy clara la intención del quejoso de desistirse del juicio de amparo en que reclamó su detención, y si por error en el escrito, citó el número que corresponde al juicio que tiene promovido contra la formal prisión, ello no debe causarle perjuicio, toda vez que su voluntad estaba encaminada a desistirse de un juicio diverso.
Precedentes
Amparo penal en revisión 6231/46. Crespo Aja José. 23 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.