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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304134
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3078
PECULADO ( EMPLEADOS DEL BANCO DE CREDITO AGRICOLA).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3078
Si el reo, en su carácter de empleado del Banco Nacional de Crédito Agrícola, distrajo dinero de particulares, es evidente que cometió el delito de peculado, por estar encargado de un servicio público, al tenor del artículo 168 de la Ley de Crédito Agrícola, no siendo atendible la objeción de la defensa, sobre que conforme al artículo 169 de la misma ley, sólo sean considerados como funcionarios públicos ".... para los efectos de la responsabilidad penal en que incurran por las constancias o certificados que expidan", pues esta responsabilidad específica, se refiere a los delitos en que puedan incurrir en la expedición de constancias o certificaciones que conforme a la ley tengan facultad de expedir, sin que de ninguna manera anule la responsabilidad genérica, prevista en el artículo 168 ya comentado.
Precedentes
Amparo penal directo 9676/44. Goméz González Delfino Marcelino. 24 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.