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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3080
INJURIAS, DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3080
Al juzgador, para dar por comprobado el delito de injurias, le es menester conocer en qué consistieron las expresiones injuriosas, pues de otra manera el juicio sobre el ánimus injuriandi, recaería en personas ajenas a la jurisdicción respectiva.
Precedentes
Amparo penal directo 8428/45. Osorio Juan y coagraviado. 24 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.