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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3090
DROGAS ENERVANTES, TRAFICO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 3090
Si la cantidad de droga que se le recogió al reo, excede de la que puede consumir un vicioso, su posesión hace que se presuma el tráfico o suministro de la droga, hechos que caen bajo la definición legal del artículo 194, fracción I, del Código Penal Federal, máxime, si dicho reo ya tuvo ingresos anteriores por vender marihuana.
Precedentes
Amparo penal directo 1438/46. Hernández Hernández José. 25 de septiembre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.