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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304182
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 344
ACTOS CONSUMADOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 344
No puede sostenerse, sin contrariar la jurisprudencia de esta Suprema Corte, que por haberse dictado una resolución que se señala como acto reclamado, el acto ya se consumó puesto que esa jurisprudencia ha establecido el criterio firme de que en estos casos se sobrentiende que se reclaman las consecuencias o efectos de esa resolución, aun cuando no se expresen.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 7258/45. Gutiérrez Abel. 8 de abril de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: José Rebolledo. Disidente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.