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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
304208
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 890

AMPARO, CUANDO NO PUEDE CONSIDERARSE INTERPUESTO SIN MOTIVO.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 890

Precedentes

Amparo penal en revisión 7438/45. Isidra Meléndez. 22 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava parte, página 89, jurisprudencia 52/85, bajo el rubro: "AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.".
Registro digital (IUS): 304208