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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304225
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1305
AUTO DE FORMAL PRISION, EL DICHO DEL COACUSADO ES SUFICIENTE PARA FUNDARLO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1305
La declaración del coacusado en contra del reo es suficiente para fundar el auto de formal prisión, como presunto responsable, conforme al artículo 19 constitucional.
Precedentes
Amparo penal en revisión 7588/45. Arontes Ciprés Raymundo. 3 de mayo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Ángeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.