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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304234
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1660
CONCLUSIONES ACUSATORIAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1660
El solo hecho de haber presentado acusación en contra del reo, demuestra que el representante de la sociedad, estimó que los requisitos legales se habían llenado, por lo que la simple condición de su parte, en citar el precepto aplicable, no puede tener el alcance de llevar implícita una acusación que ameritara su absolución por parte de las autoridades, interpretándose para ello que el Ministerio Público no había ejercitado acción penal en contra suya.
Precedentes
Amparo penal directo 375/46. Pujol Toribio Jr. 10 de mayo de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.