Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/304242
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304242
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1696
CICATRICES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 1696
Un certificado de lesiones no tiene eficacia para acreditar la perpetuidad de la cicatriz, si los autores de ese certificado se limitaron a afirmar que algunas de las lesiones dejaron cicatrices y no aparece demostrado en el expediente que la permanencia de que hablan los médicos tenga el carácter de indeleble.
Precedentes
Amparo penal directo 9546/45. Cuéllar Sánchez José. 11 de mayo de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.