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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 304278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2167
ENERVANTES, POSESION DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXVIII; Pág. 2167
Si en autos no aparece ningún indicio que corrobore la presunción de que el acusado es un propagador del vicio, no puede admitirse que existe el delito contra la salud que se le imputa, consistente en la posesión de enervantes.
Precedentes
Amparo penal directo 8568/45. Acevedo Victorio Julián. 10 de junio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.